Vuelve la biblioteca

 

MEDIDAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS BIBLIOTECAS DE GALICIA A PARTIR DE 22 DE JUNIO Y HASTA El LEVANTAMIENTO DE LA EMERGENCIA SANITARIA DE INTERÉS GALLEGO

 

Desde lo 15 de junio Galicia ya no está en estado de alarma. Se mantiene la decla­ración de situación de emergencia sanitaria efectuada por el Acuerdo del Consello da Xunta de Galicia de 13 de marzo de 2020. El reciente Acuerdo del Consello da Xunta de 12 de junio de 2020 establece las medidas de prevención necesarias para seguir controlando la pandemia, teniendo en cuenta la subsistencia de una situación de crisis sani­taria.

Los efectos se iniciaron el día 15 de junio y se mantendrán hasta el levantamiento de la declaración de situación de emergencia sanitaria de interés gallego.

 

Servicios que prestarán las bibliotecas.  

Se prestarán los servicios habituales de una equipación cultural bibliotecaria:

  • Préstamo y devolución de obras.

  • Consulta, lectura y estudio en sala.

  • Información bibliográfi­ca y bibliotecaria.

  • Préstamo interbibliotecario e intrabibliotecario.

  • Colección en libre acceso.

  • Hemeroteca

  • Uso de espacios comunes (salas de reuniones, etc).

  • Préstamo de equipos telemáticos públicos y acceso OPACs.

  • Actividades culturales presenciales y digitales.

  • Información y referencia presenciales.

  • Acceso a catálogos en fichas de la biblioteca o publicaciones electrónicas.

 

Medidas de prevención:

Los centros deberán asegurarse de que todos los usuarios y usuarias adoptan las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a los dichos riesgos.

La distancia de seguridad interpersonal entre usuarios y entre estos y el personal de la biblioteca será de por lo menos, 1,5 metros. Podrá ser de un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera.

Cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad ser el uso de las medidas alternativas de protección física: uso de máscara, de higiene de manos y la etiqueta respiratoria.

El deber de uso de máscara será exigible siempre que se esté o se deambule por los espacios común de los centros. También se utilizará durante el desarrollo de las actividades de dinamización presenciales y las visitas a la biblioteca cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad.

No será exigible a máscara en los supuestos siguientes:

-Las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la máscara.

-Personas que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la máscara, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

-Situaciones de fuerza mayor o de necesidad.

-Cuando por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la máscara resulte incompatible, conforme las indicaciones de las autoridades sanitarias.

-Para los niños y niñas que, por su altura, no constituyan amenaza de contagiar.

-El personal o los usuarios y usuarias mientras estén sentados.

Se deberán mantener a la disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad viricida, debidamente autorizados e inscritos, en lugares accesibles y visibles, y, en todo caso, en la entrada de la biblioteca y en cada sala o espacio de uso público, además de las zonas de trabajo, y deberán estar siempre en condiciones de uso.

 

Préstamo de libros y otros recursos de la biblioteca:

  • Libros, prensa, publicaciones periódicas y otros recursos de papel, no tendrán medidas de depósito temporal entre usos.
  • Durante la lectura de la prensa se mantendrá puesta la máscara en todo momento, excepto los supuestos legalmente excepcionados.
  • Los usuarios y el personal deberá desinfectar las manos antes y después de su uso o manipulación.
  • Otro material de la biblioteca plástico (discos, dvd…) u objetos electrónicos de uso público utilizado por los usuarios: no se aplicará ninguna medida de depósito temporal.  Se limpiarán con alcohol hisopropílico (70º) después de su devolución desde el préstamo.
  • Auriculares de audición para aparatos electrónicos: los usuarios utilizarán preferentemente los suyos propios. Cuando por circunstancias especiales deben prestarse los de la biblioteca, el personal, previa desinfección de las manos, los cubrirá con film transparente, que se descartará y cambiará para lo siguiente uso por el público.
  • Otros objetos físicos de la biblioteca que se intercambien con los usuarios: se procurará el uso de forma recurrente de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con carácter previo y posterior a su uso.

 

Medidas generales de higiene y prevención.  

Limpieza y desinfección:

Se realizará la limpieza y la desinfección frecuente de cualquier tipo de dispositi­vo, así como de caderas, mesas o cualquier otra mobiliario o superficie de contacto que empleen distintos usuarios.

Se realizará, por lo menos una vez al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones, con especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes, como pomos de puertas, mesas, me lo­bles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas y otros elementos de similares características, conforme a las siguientes pautas:

Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad viricida que se encuentran en el mercado y debi­damente autorizados e inscritos. En el uso del producto se respetarán las indicaciones de la etiqueta.

Se mantendrá la limpieza en el cambio de turno de los puestos de trabajo y en las equipaciones compartidas por más de un trabajador.

Se procurará que las equipaciones o herramientas empleadas sean personales e in­transferibles. En el caso de aquellas equipaciones que deban ser manipulados por diferente personal, se procurará la disponibilidad de materiales de protección o el uso de forma recurrente de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con carácter previo y poste­rior a su uso. 

 

Se mantendrá la ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire.

Cuando los centros dispongan de ascensor y/o montacargas, se utilizarán preferentemente las escaleras, dejándose el ascensor para el trabajo técnico del personal.  Cuando sea  necesario utilizarlos, su ocupación máxima será de una persona, salvo que se trate de personas conviventes o que empleen máscaras todos los ocupantes.

Se revisará frecuentemente el funcionamiento y la limpieza de sanitarios , llaves y pomos de puerta de los aseos.

Se mantendrán las papeleras para depositar paños y cualquier otro material desbotable, que se deberán limpiar de forma frecuente, y, por lo menos, una vez al día.

 

Control de la capacidad y el aforo de los espacios

Para la realización de las actividades comunes del servicio bibliotecario así como para las actividades presenciales de dinamización bibliotecaria y cultural, las salas podrán ser ocupadas hasta el setenta y cinco por ciento (75%) sobre su capacidad o capacidad máxima permitida. Se mantendrá  la información pública sobre la capacidad máxima de cada espacio de uso público.

Se mantendrá la señalización de la organización de la circulación de personas procu­rando, en la medida del posible, mantener la distancia de seguridad e interpersonal.

Se mantendrán las medidas adoptadas para evitar aglome­raciones en determinadas zonas, tanto en el interior como en el exterior, y previa el contacto entre usuarios.

Se mantendrá la circulación ordenada de manera que cuando se disponga de dos o más puertas, se procurará establecer un uso diferencia­do para la entrada y la salida, con el objeto de reducir el riesgo de formación de aglomeraciones. Se tendrá en cuenta el cumplimiento de las condiciones de evacuación exigibles en la normativa aplicable.

El personal de seguridad velará para que se respete la distancia inter­personal de seguridad y evitará la formación de grupos numerosos y aglomeraciones, pres­tando especial atención a las zonas de escaleras, ascensores, zonas comunes de paso y zonas recreativas.

Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta veinticinco personas, incluido el guía, y se deberán establecer las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad o, en su defecto, medi­das alternativas de protección física con uso de máscara.

Se mantendrán y/o se establecerán por todo el centro los recorridos establecidos para separar circu­lacións u organizar horarios de visitas para evitar aglomeraciones de visitantes y evitar interferencias entre distintos grupos o visitas. Las zonas donde se desarrollen trabajos de mantenimiento serán acotadas para evitar interferencias con las actividades.

La ocupación máxima para el uso de los aseos para los usuarios será de una persona para espacios de hasta cuatro metros cuadrados, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia; en cuyo caso también se permitirá la utilización por parte de su acompañante. Para aseos de más de cuatro metros cuadrados que cuenten con más de una cabina o urinario, la ocupación máxima será del cincuenta por ciento del número de cabinas y urinarios que tenga a estan­cia, y deberá mantenerse durante su uso a distancia de seguridad interpersonal.

 

 

DOCUMENTOS Y ENLACES